lunes, 2 de diciembre de 2013

Diciembre de 2013

DR. MIGUEL ANGEL MANCERA
JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
PRESENTE.-

Ante el aviso de su gobierno de impedir la macha pacífica del CNTE en 1 de diciembre y el bloqueo del acceso al Senado, que se suma a una serie de restricciones al derecho a la protesta social que legal y legítimamente realizan mentores de varios estados de la República en la Cd. de México y otros grupos sociales y de trabajadores, he de recordarle que este derecho está amparado por el artículo 9º constitucional.
Un análisis de la Desobediencia Civil (DC) –también llamada Protesta Social o Resistencia Civil- es muy saludable en tiempos de crisis. Decía Sócrates, el gran filósofo griego, que la crítica constituye la vida misma de la democracia.
En las campañas de Gandhi, uno de los precursores de las luchas por la liberación de los pueblos del coloniaje imperial, la DC fue una forma de protesta que consistía en negar obediencia a determinadas leyes; es decir, se oponía a cumplir con las mismas cuando éstas eran consideradas injustas o ilegítimas. Esta modalidad de lucha no violenta tenía el fin de demostrar públicamente la injusticia de las leyes coloniales británicas.
En sus orígenes, la resistencia pasiva tenía fundamentos religiosos, de ahí las movilizaciones pacíficas de Martin Luther King en los EUA en contra del apartheid.
Es preciso partir de la consideración que el deber fundamental de cada persona sujeta a un ordenamiento jurídico es (el deber de) obedecer las leyes. Sin embargo, la DC es una forma particular de desobediencia, en cuanto que es llevada a cabo con el fin inmediato de demostrar públicamente la injusticia de la ley y con el fin mediato de inducir al legislador a cambiarla; como tal (la DC) es acompañada por parte de quien la cumple con justificaciones tales que pretende ser considerada no sólo como lícita sino también como debida, y que exige ser tolerada, a diferencia de cualquier otra trasgresión, por las autoridades públicas.[1]
En las tesis doctrinales, la DC consiste en una serie de acciones pacíficas, publicitadas con antelación, realizadas por un grupo de personas que protestan por políticas, actos u omisiones de autoridad, o por leyes que se consideran injustas.[2]         
La DC se lleva a cabo en la vía pública o en instalaciones públicas o privadas, es anunciada con antelación y tiene por objeto provocar crisis. Es considerada como uno de los últimos recurso del pueblo ante la negativa de las autoridades a resolver las causas que originaron la protesta y ante el agotamiento de los recursos legales, de negociación y de diálogo de los grupos sociales marginados y oprimidos en su lucha histórica contra la explotación, así como el desenmascaramiento y superación de su corolario: la alienación.[3]
La protesta va dirigida contra actos de gobierno o leyes o situaciones  sociales concretas que suponen una flagrante situación de injusticia (…). Las acciones de DC no suponen un peligro para el Sistema de Derechos Humanos reconocido constitucionalmente, sino que lo refuerzan (…). El objetivo que persigue la DC no es otro que la salvaguarda de bienes jurídicos fundamentales.[4]
La cuestión de la legitimidad de la DC puede sintetizarse en la siguiente pregunta: ¿El ciudadano está obligado moral, jurídica y políticamente a obedecer siempre la ley o hay supuestos en que la obligación jurídica y política puede ser sobrepasada por una obligación contraria más fuerte? En teoría, el régimen de derecho está creado para la protección de los derechos y no al revés, como hoy suele ocurrir o como a menudo se entiende o se impone: el ciudadano debe obedecer la ley aún por encima de sus derechos.
El derecho a la DC –que no es lo mismo que la anarquía- es a menudo combatido por el Estado en alianza con sectores económicos y políticos, intelectuales y medios de comunicación. Para ello, busca crear una corriente de opinión pública (que no la opinión del público) que descalifique la protesta para justificar actos de autoridad que la anulen o la repriman, argumentando que se lesionan “derechos de terceros”, sin ponderar el interés superior colectivo motivo de las movilizaciones, cuando precisamente la omisión de derechos por el Estado es el origen de toda protesta.
Las manifestaciones de resistencia civil son comunes en regímenes donde se violan sistemáticamente los derechos humanos (civiles, políticos, económicos, laborales o sociales). En tanto que un régimen que reprime física o legalmente la DC es un régimen de corte autoritario. No en vano el derecho a la rebelión está plenamente legitimado en el Derecho Internacional de Derechos Humanos.[5]
El sabio Constituyente mexicano de 1917 incorporó a la Carta Magna el principio sustentado en el Artículo 39, hoy vigente: “La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno”.
Aun así, ese principio no condiciona el uso de la violencia para “alterar o modificar” la forma de gobierno. Hidalgo, Morelos, Allende, Madero, Zapata y Villa, entre otros, llevaron la protesta social al extremo, se rebelaron contra la tiranía y la opresión, fueron asesinados y hoy son héroes nacionales. Pero en su momento se les descalificó y se les consideró traidores, violentos, etc., al igual que se califica hoy al magisterio en lucha.
Usted ha llegado a la Jefatura de Gobierno del Distrito Federal, mi ciudad natal, abanderado por un partido político que –teóricamente- reivindica la lucha y la justicia social, la emancipación de las y los trabajadores. Desde esta perspectiva, en la lucha de contrarios no puede usted ponerse del lado de los contrarios, a menos que ya forme parte de ellos.
Si a alguien debemos reclamar por la prolongada presencia pacífica de docentes en el Distrito Federal es al gobierno federal, al presidente Enrique Peñas Nieto por su cerrazón a la solución negociada del conflicto, por la imposición de la llamada Reforma Educativa; no reclame usted a las y los maestros, que lo único que hacen es defender sus derechos.
Puede usted no estar de acuerdo con los bloqueos y manifestaciones magisteriales, pero no por ello negar su derecho legítimo a la resistencia civil pacífica, menos siendo gobernante. De lo contrario y quizá sin proponérselo, estaría avalando la represión y su corolario: el autoritarismo.
Atentamente:
RAÚL RAMÍREZ BAENA
Director ejecutivo
Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste, AC




[2] Uno de los principales teóricos de la Desobediencia Civil fue Henry David Thoreau, quien nace el 12 de Junio de 1817 en Concord, Massachussets. En 1849 escribe “Desobediencia Civil”. Estuvo en contra del intervencionismo de Estados Unidos hacia México y lucho en contra de la esclavitud.
[3] Lima Torrado, Jesús, Desobediencia Civil y Objeción de Conciencia, Comisión Nacional de los Derechos Humanos, México, 2000, p. 21
[4] Op. cit., p. 47
[5] “Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión”, Preámbulo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, 10 de diciembre de 1948.  

domingo, 24 de noviembre de 2013

URGE REFORMA POLICIAL DEMOCRÁTICA EN BC
Por Raúl Ramírez Baena*
En memoria de Don Oscar Genel
“Los gobiernos pasan pero la policía queda”
Costa Gavras, cineasta franco-griego

Al inicio de la nueva administración estatal y en los albores de los próximos gobiernos municipales de Baja California, se ha agudizado la inseguridad a la par que los abusos de la Policía Estatal Preventiva y de las policías municipales, quienes ocupan ya el primer lugar en violaciones a los derechos humanos en la entidad al retirarse el ejército de las calles.
Partiendo de que la Seguridad Pública es un derecho humano, es claro que ningún gobierno puede presumir una exitosa política de seguridad (como falsamente se publicitó en los gobiernos anteriores el caso de Tijuana), si las policías violan de manera sistemática los derechos humanos de la ciudadanía y de los propios policías, si personajes como Julián Leyzaola son considerados “héroes” por autoridades y algunos sectores de la sociedad.
Lo más preocupante es que no hay señales de cambio, de proyectos estratégicos que marquen un rumbo distinto para mejorar las cosas. Aún con los nuevos gobiernos, no es difícil prever que las policías van a salir de nuevo a las calles a hacer lo mismo de siempre: patrullajes sin plan específico, operativos especiales, detenciones arbitrarias de sectores vulnerables, operativos mochila y retenes; allanamientos y cateos ilegales, siembra de evidencias, falsas acusaciones, extorsión y tortura de detenidos, impregnados con altas dosis de corrupción e impunidad. Todo ello bajo la complacencia de los agentes del Ministerio Público del fuero federal y del fuero común que pueden frenar esos excesos.
La falta de una Cultura de los Derechos Humanos y el incremento de la violencia criminal permiten la impunidad, creándose la percepción popular de que todo es válido, incluso los abusos de autoridad, para hacer cumplir la ley. Así por ejemplo, la autoridad justifica el tratamiento del fenómeno migratorio, del comercio informal, de las adicciones y de las trabajadoras sexuales desde el ámbito de la seguridad púbica en lugar del ámbito social, como es la recomendación de la ONU. 
Un elemento que resulta indispensable plantear es la relación entre políticas de seguridad y políticas sociales dentro de la concepción más amplia de la política criminal, pues un riesgo latente es considerar que la criminalidad tiene su base únicamente en el comportamiento individual y que no está relacionada con causas sociales, eximiendo la obligación del Estado de procurar una condición de vida digna a los sectores marginados en una sociedad profundamente desigual, donde también tengan plena vigencia los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales.
Una de las manifestaciones más notorias de la crisis por la que atraviesan las áreas de seguridad y de procuración de justicia en Baja California, es la continua liberación por el Poder Judicial de personas detenidas por las policías preventivas e investigadoras. Lo más fácil para las autoridades, haciéndose eco en algunos medios de comunicación, es echarle la culpa de dichas liberaciones a los jueces o, de plano, al Nuevo Sistema de Justicia Penal.
Es evidente que los principales responsables de la impunidad son la mala integración de las averiguaciones previas por el Ministerio Público y las violaciones al debido proceso, a la presunción de inocencia, la tortura y otras, por las policías, desde la detención misma de las personas, que anula ante los Jueces de Control (que en esencia son jueces de derechos humanos) las pruebas presentadas por estar contaminadas de origen. Como si no hubiera sido suficiente la lección que dejó a México el caso Florence Cassez.
Hoy, las autoridades no pueden apostar a que el ejército va a salvarlos de la crisis de inseguridad. Ante el desgaste y descrédito que sufrieron las fuerzas armadas en el sexenio anterior, salvo excepciones como Michoacán, ahora se concentran en acciones de inteligencia.
Algunos cambios que se pueden hacer en una Reforma Policial
1.- Lo primero que las autoridades pueden hacer es voltear la mirada hacia el paradigma de la Seguridad Ciudadana, propuesto por la ONU y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA, que propone policías comunitarias arraigadas a sus comunidades de origen, privilegiando el diálogo, la conciliación y la mediación de problemas, sobre la base de que la Seguridad Pública no es un asunto sólo de policías sino de toda la administración pública en su conjunto; de la identificación de los “factores de riesgo” que inciden en la inseguridad y las adicciones y la detección y canalización de las demandas y necesidades de las comunidades.
El concepto tradicional de Seguridad Pública está vinculado a una visión del Estado que se preocupa más por garantizar el orden por el orden mismo; en cambio, la Seguridad Ciudadana remite a sistemas en los que se promueven modelos policiales acordes con la participación ciudadana. Además, la seguridad no se limita solamente a la lucha contra la delincuencia, sino que busca crear un ambiente propicio y adecuado para la convivencia pacífica de las personas;
2.- Hacer efectivo el Servicio Policial de Carrera para que los puestos de dirección y de mando, las vacantes y los nuevos puestos sean ocupados a concurso mediante convocatoria pública.
Esto ayudará a evitar los cambios discrecionales de mandos de una administración a otra y el arribo a estas posiciones de personas sin la experiencia y el perfil adecuado (obedeciendo al cumplimiento de las consabidas cuotas de poder), sin planes de desarrollo continuo, provocando el descontrol y el descontento al interior de las corporaciones por las injusticias cometidas;
3.- Aunque es un mandato de carácter federal previsto en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el Sistema de Control de Confianza debe ser revisado profundamente para impedir que se violen los derechos a la presunción de inocencias y a la información de los integrantes de las instituciones de seguridad pública sobre el resultado de los exámenes que se les aplica, y que no sea un acto de molestia prohibido por el artículo 16 constitucional. Los derechos humanos son universales e inalienables.
La onerosa operación de este Sistema no garantiza la detección, separación y sanción de policías corruptos. Es incongruente que las autoridades, amparadas en la Constitución y en la ley arriba citada, obliguen a certificarse incluso a personal administrativo, de intendencia, de informática, académicos y otros que no son operativos.
En todo caso, se deben someter a Exámenes de Control de Confianza sólo aquellos elementos que, a consecuencia de una investigación ministerial u orden judicial, se presuma bajo sospecha fundada que estén involucrados en actos ilegales;
4.- Es urgente y necesario democratizar el Consejo Ciudadano de Seguridad Pública estatal y los comités municipales respectivos, para que sus directivos e integrantes representen a varios sectores de la sociedad, no prioritariamente a empresarios, y que sean electos mediante convocatoria pública transparente, no nombrados por los gobernantes como lo es ahora. Este cambio es con el fin de que la sociedad civil participe efectivamente en el diseño, ejecución y evaluación de las políticas de seguridad pública.
5.- Por último, el respeto a los derechos humanos de las y los policías debe ser una política de Estado. Este suele ser un tema espinoso, evadido por las autoridades, que da lugar a constantes presiones si los policías no cumplen órdenes ilegales, debiendo ser cubiertas éstas a riesgo de recibir suspensiones, arrestos arbitrarios u órdenes de traslado a lugares alejados de sus domicilios, sin el pago de los viáticos y traslados correspondientes, simulados como “necesidades del servicio”.
Consecuente con los estándares nacionales e internacionales, deben implementarse también programas con Enfoque de Género al interior de las corporaciones, mediante actividades tendientes a prevenir y sancionar la discriminación, el hostigamiento laboral y sexual y la violencia en contra de las mujeres policías y custodias penitenciarias.
*Director de la Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste, A.C.

Noviembre de 2013

domingo, 3 de noviembre de 2013

MÉXICO (Y BC) REPROBADO EN DERECHOS HUMANOS EN LA ONU

MÉXICO (Y BC) REPROBADO EN DERECHOS HUMANOS EN LA ONU

Por Raúl Ramírez Baena*

A finales del mes pasado México se sometió al Examen Periódico Universal (EPU), que es un mecanismo del Consejo de Derechos Humanos de la ONU mediante el cual éste vigila cada cuatro años el cumplimiento por cada uno de los 193 Estados miembros, de sus obligaciones y compromisos asumidos en materia de derechos humanos.

El EPU, que es un examen entre pares, es un proceso de revisión interestatal destinado a mejorar la situación de los derechos humanos sobre el terreno. En su turno, como miembro del Consejo, a México le toca evaluar los avances de otros países en la materia.

El EPU se basa en las siguientes fuentes de información: El Informe entregado por el Estado evaluado (que invariablemente es muy optimista), el “Informe Sombra” de las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos (que invariablemente es más crítico y realista), los informes elaborados por los Relatores Especiales temáticos de la ONU durante sus visitas a dichos países y las violaciones documentadas por la Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos de la ONU.

En este último examen a México, el Consejo de Derechos Humanos emitió 176 Recomendaciones, casi el doble de las 93 formuladas hace 4 años (la delegación mexicana solicitó un plazo hasta marzo de 2014 para decidir si las acepta o no), lo que sin duda es preocupante porque refleja un retroceso en el cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por el Estado Mexicano, que traen como consecuencia el deterioro de los derechos humanos en el país.

La delegación mexicana, que pasó tragos amargos, estuvo compuesta por 40 funcionarios, encabezada por el Canciller José Antonio Meade, por Juan Manuel Gómez Robledo, Subsecretario para Asuntos Multilaterales y Derechos Humanos de la SRE; la Subsecretaria de Derechos Humanos de la Segob, Lía Limón y el Dr. Raúl Plascencia, presidente de la CNDH, que encabeza a un organismo autónomo del gobierno (por lo que se extraña su presencia junto a los funcionarios mexicanos).

Democracia de papel

Los países miembros del Consejo de Derechos Humanos que evaluaron a México destacaron de entrada los importantes avances legislativos en este campo, particularmente las reformas constitucionales en materia de justicia penal, aprobada en 2008, y en materia de derechos humanos del año 2011.

Pero una vez desahogada la rigurosa cortesía diplomática, los señalamientos y críticas fueron implacables, sobre todo de Dinamarca, Finlandia, Francia, Alemania, Holanda, Irlanda, Suecia, República Checa, Nicaragua y Polonia, entre otros.

Lo primero que se demandó al Estado mexicano fue la incongruencia entre los avances legislativos y la falta de voluntad política para concretarlos en beneficio de la población.

Otros señalamientos críticos fueron respecto a temas como la falta de políticas efectivas para el combate a la pobreza y la pobreza extrema, las violaciones a los derechos de la niñez, los migrantes, los pueblos indígenas, los periodistas y defensores de los derechos humanos y la violencia y discriminación de género cuya manifestación extrema son los feminicidios en Cd. Juárez, Estado de México, Guanajuato, BC y otras regiones del país.

También, el uso indiscriminado de la tortura, la desaparición forzada de personas, las ejecuciones extrajudiciales, las detenciones arbitrarias, los cateos ilegales, el no haber abrogado de la Constitución y las legislaciones locales el arraigo, el fuero militar (el desahogo en la justicia militar y no en la justicia ordinaria las violaciones graves cometidas por militares contra civiles) y la violación generalizada a los derechos humanos en el marco del combate a la delincuencia organizada.

La diputada federal petista Loretta Ortíz, presente en la evaluación, manifestó a los medios: “México juega un papel en el que dice respetar los derechos humanos pero en realidad no lo hace, y esto es muy del país; dar una imagen internacional de que celebramos tratados y los cumplimos, pero internamente no es así. Vivimos en una simulación”.

El caso Baja California

El Estado de Baja California, al igual que el resto de las entidades, no está exento de responsabilidad respecto a la mala calificación obtenida por México en el reciente EPU.

El tema de los derechos humanos ocupó uno de los más bajos perfiles en la agenda de la recién finalizada administración de José Guadalupe Osuna Millán: No se realizó la armonización legislativa con la Reforma Constitucional en materia de Derechos Humanos del 2011 (particularmente el Artículo 1º.), no se ha derogado el arraigo en la legislación local; persisten la tortura, la desaparición forzada de personas, los allanamientos y cateos ilegales, las detenciones arbitrarias, la extorsión, la corrupción, la discriminación y la violencia de género como prácticas sistemáticas realizadas principalmente por la Policía Estatal Preventiva y las municipales, sin que existan mecanismos eficaces para su prevención y sanción. El Poder Judicial local hace mutis a estos abusos en sus resoluciones.

Capítulo aparte merece el Sistema Penitenciario Estatal como fuente de violaciones sistemáticas a los derechos humanos de las y los internos. Este sector, como otros, desarrolla sus funciones discrecionalmente, fuera de la mirada y evaluación de la sociedad civil a pesar de la tan llevada y traída “Participación Ciudadana”.

Las autoridades estatales y municipales, sobre todo las policías preventivas, el Ministerio Público y el Poder Judicial, no entienden ni aplican en sus funciones las nuevas obligaciones y responsabilidades derivadas de la histórica Reforma Constitucional en Derechos Humanos del 2011, ni hay mecanismos para su debida capacitación ni para la REPARACIÓN INTEGRAL DEL DAÑO a las víctimas de delitos y de violaciones graves a los derechos humanos.  

La Ley sobre la Procuraduría de los Derechos Humanos no ha sido homologada con lo dispuesto en la Reforma del 2011 antes citada, a pesar de que venció el plazo constitucional de un año para ello. La institución ombudsman de Baja California, que basa su fortaleza en su autonomía, ha mellado ésta y su autoridad moral al seguir siendo rehén de la partidocracia, repartiéndose esa institución y sus puestos mediante las consabidas cuotas de poder, en detrimento de los derechos humanos de la población.

Buen reto se les presenta a los poderes Legislativo y Judicial, al gobernador Francisco Vega de la Madrid y a los presidentes municipales electos que, si saben leer el mensaje derivado del EPU a México y si hay voluntad política para respetar los estándares en derechos humanos y no siguen en la simulación y la reproducción de las medidas pragmáticas e inútiles de sus antecesores, harán crecer la confianza en las autoridades. Si no, seguiremos igual, o peor.

Por lo pronto, la inclusión de José Luis Pérez Canchola en el gabinete de Kiko Vega como asesor en derechos humanos es un mensaje alentador, si lo dejan hacer su trabajo.

*Director de la Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste, AC
Noviembre de 2013



lunes, 14 de octubre de 2013

EL PODER JUDICIAL FEDERAL EN TIJUANA TRASTOCA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN
Por Raúl Ramírez Baena*
Pasando por alto las obligaciones que rigen a las autoridades en el país –con énfasis en el Poder Judicial-, derivadas de la Reforma Constitucional en materias de Derechos Humanos publicada el 10 de junio del 2011 en el Diario Oficial de la Federación, jueces de Distrito de Tijuana, a petición de la defensa de personas procesadas por presuntos delitos federales, pretenden obligar a la AGENCIA FRONTERIZA DE NOTICIAS (AFN) (www.afntijuana.info) a revelar sus fuentes y las circunstancias en que obtuvieron información publicada en ese medio, apercibidos de represalias judiciales en caso de no hacerlo.
Esto, que para las y los jueces puede ser visto como algo normal, conlleva una violación a la LIBERTAD DE EXPRESIÓN, además de trastocar los principios de la ética periodística sobre el derecho a mantener en reserva la identidad de sus fuentes de información.
La AFN reveló el pasado 11 de octubre de 2013 en un comunicado de prensa que, a consecuencia de las citaciones hechas por los jueces en Tijuana (juzgados V y XIII de Distrito) para responder preguntas que violan el secreto profesional periodístico, han tenido que contratar abogados con los consabidos gastos que ello acarrea y acudir a diligencias judiciales, distrayendo su labor informativa.
El punto central de este asunto es que las juezas y los jueces, como parte integral del Estado Mexicano, tienen la obligación, primero, de respetar los derechos de las y los periodistas y, en segundo lugar, de garantizarlos, lo cual evidentemente no ha sucedido, sino al contrario. La lógica de estos juzgadores es que el esclarecimiento de un litigio judicial está por encima de la libertad de expresión y de los derechos humanos de los periodistas de la AFN. Nada más equivocado.
La Reforma Constitucional en materia de Derechos Humanos, que entró en vigor en el país el 11 de junio de 2011, y que deben conocer esos juzgadores, establece en el artículo 1º que: “Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos plasmados en la Constitución y en los tratados internacionales” de los que México es Estado Parte.
Y sigue: “Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales… favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.” Esto se conoce en la doctrina como “interpretación conforme” y como principio pro persona, criterios que las autoridades y por supuesto los juzgadores, deben aplicar de oficio en todas sus actuaciones (criterios ratificados por la Tesis de Jurisprudencia No. LXVII/2011(9ª) sobre “Control de Convencionalidad ex officio en un modelo de Control Difuso de Constitucionalidad”, emitida por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia el 28 de noviembre del 2011).
De acuerdo a la citada Reforma y sus correspondientes Jurisprudencias dictadas por la Corte, todas las autoridades deben interpretar el orden jurídico mexicano a la luz y conforme a los derechos humanos amparados por la Constitución y los tratados internacionales ratificados por México, favoreciendo en todo tiempo a las personas con la protección más amplia.[1] En consecuencia, las y los jueces deben inaplicar las leyes (constituciones locales y leyes secundarias) cuando éstas no protejan los derechos humanos, acudiendo entonces a la Constitución o los tratados.[2] Esto es precisamente lo que el Poder Judicial no ha hecho en este caso, al obligar a comparecer a la AFN.
A su vez, el artículo 6º constitucional es muy enfático al establecer que “La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de terceros, provoque algún delito o perturbe el orden público…”
El artículo 13.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) prevé que el ejercicio de la libertad de pensamiento y de expresión solo puede estar sujeto a responsabilidades ulteriores para asegurar “el respeto a los derechos o la reputación de los demás” (difamación, calumnia) y “la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas.”, que no es el caso.
De esta manera, el obligar judicialmente a un medio a revelar la identidad de sus fuentes periodísticas, constituye un serio inhibidor y obstáculo para la búsqueda y publicación de informaciones y, lo que es peor, puede poner en riesgo no sólo la disponibilidad futura de la información, sino también la integridad de los sujetos fuente de la información y la de los propios periodistas, aún más, tratándose de asuntos presuntamente relacionados con delitos contra la salud y con la portación de armas de fuego exclusivas de las fuerzas armadas, como es el asunto que nos ocupa.
El derecho al secreto de la identidad de las fuentes de información periodística podría inferirse directamente del artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos[3] y del artículo 13.1 de la CADH,[4] en tanto que exigir al periodista revelar dichas fuentes constituye un medio indirecto de restringir el derecho protegido por el artículo 13.3.[5]
De continuar el Poder Judicial en su empecinamiento de suspender los derechos de las y los periodistas y el ejercicio de la libertad de expresión en aras de resolver un asunto penal, estarán promoviendo la AUTOCENSURA periodística, práctica que vulnera nuestra ya de por si endeble democracia.
*Director de la Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste, AC
Octubre de 2013




[1] Tesis de Jurisprudencia Núm. LXIX/2011(9ª) del 28 de noviembre de 2013.
[2] Op. Cit.
[3] Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
[4] Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión.  Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.
[5] No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones. (Con énfasis nuestro)

lunes, 23 de septiembre de 2013

EL DESALOJO DEL MAGISTERIO, SINTOMA DEL FRACASO DEL RÉGIMEN
Por Raúl Ramírez Baena*
En solidaridad con las víctimas y damnificados en emergencia por las lluvias
¿Hacia dónde lleva Peña Nieto a un país con recesión en puerta, con crímenes al alza, con grupos de autodefensa y en crisis política?
El desalojo de maestros de la Plaza de la Constitución por las fuerzas federales y del Gobierno del Distrito Federal, pese al triunfalismo, la justificación oficial y el aplauso de muchos, representa lo peor de la política nacional.
El desalojo no es el fracaso del “diálogo”, porque en los hechos éste nunca existió, a pesar de que es una herramienta esencial de la política; al contrario, para el gobierno todo se centró en imponer la Reforma Educativa (“no hay marcha atrás”, dijeron) y asegurar el primer Grito de Independencia y Desfile Militar de Enrique Peña Nieto, con todo y acarreados.
De haber existido visión social y voluntad política, en el marco de la tan llevada y traída “Participación Ciudadana”, el gobierno hubiera escuchado oportunamente las preocupaciones y propuestas del magisterio respecto a dicha Reforma y sus leyes secundarias, en especial la Ley del Servicio Profesional Docente, y evitarse todo el rechazo que amenaza seriamente en crecer.
Este paquete de normas lleva la clara intención de establecer un control político y laboral del magisterio nacional, pasando por encima de sus derechos y de sus históricas conquistas laborales. Elba Esther fue apresada no por corrupta, sino porque se oponía a los términos de la Reforma, además, porque no pertenece al grupo político de Peña Nieto y no servía ya a sus intereses.
Triste y lamentable el papel de medios de comunicación y periodistas que, sea por intereses económicos y/o ideología conservadora, avalan todo lo que diga y haga el gobierno, linchando hasta el cansancio al magisterio, sin ética y sin escrúpulos, como antes linchaban a los estudiantes del 68, a los zapatistas, al Comité Atenco, a la APPO, a López Obrador, al SME, etc. Sembrando el odio, la confusión, la división y alentando la violencia institucional, los argumentos se repiten una y otra vez por los mismos de siempre. Y siempre habrá quien los vea, los oiga y les crea.
La explicación a lo anterior es muy simple: El espectro aéreo de telecomunicaciones es un bien de uso común, propiedad de la nación y soberanía del pueblo mexicano, pero las concesiones las da y quita el gobierno al sector privado bajo sus muy particulares intereses. Algo así como lo que quieren hacer ahora con Pemex y la industria energética.
En el caso del conflicto del gobierno con el magisterio, haga usted la cuenta de cuántas entrevistas han otorgado los medios locales y nacionales a los representantes de los maestros en resistencia y cuántas se han realizado a funcionarios federales y locales y al nuevo “líder” del SNTE. Salvo honrosas excepciones, los medios han difundido hasta el cansancio la mentira de que los maestros no se quieren evaluar. El ciudadano común no puede conocer a ciencia cierta los argumentos y propuestas de la CNTE (¿adónde quedó el derecho de réplica?), a no ser en las redes sociales que, con toda la fuerza de imaginación posible, intentan equilibrar a las fuerzas del poder.
Ahora, cumpliendo con su papel de mandatario, que no de Estadista, y con los compromisos adquiridos durante su campaña, Peña Nieto, blindado y aislado del pueblo, está generando una crisis nacional, aliado –no podría ser de otra manera- del capital financiero internacional, del Departamento de Estado, del PRI, de sectores del PAN, de la clase empresarial, de políticos oportunistas (algunos que se hacen llamar de “izquierda”) y de los aduladores de siempre.
La falta de visión política y social, de compromiso con la población y de interpretación correcta de la historia de México por el régimen de Peña Nieto, en su lógica limitada del poder, creyeron que quitando a la maestra todo se iba a solucionar. Ahora, ¿cómo dar marcha atrás al caos que provocaron?
Es obvio que uno de los estrategas de este fracaso es Emilio Chuayffet, quien sin duda debe ser el primero en separarse del cargo al demostrar su intolerancia, menospreciando a la CNTE como interlocutora válida y amenazando con correr a los maestros. Miguel Ángel Mancera, envalentonado, amenaza con reprimir a los maestros si intentan recuperar el Zócalo al considerar su legítimo derecho a la desobediencia civil como un “ataque al DF”. Como si fueran invasores.
Todo lo que pasa ahora puede hacer crecer aún más el descontento popular, generar fuertes alianzas de solidaridad entre diversos grupos sociales concientizados, golpeados por la crisis, la desigualdad y las injusticias, y por el precipitado alud de “Reformas Estructurales que el país necesita”. Puede también desencadenar una cuasi insurrección popular que luego van a querer sofocar por la fuerza, esa misma que invocan y aplauden los sectores más retrógrados del país.
En lugar de usar la política como herramienta de solución de problemas y de conciliación, desalojan a los maestros por la fuerza, abusan de la demagogia y se enfrascan obsesivamente en más reformas, colocando al país en una situación en extremo delicada. Y luego le van a echar la culpa a los maestros. Si con el desalojo del Zócalo capitalino creyeron que se resolvía algo, se equivocaron nuevamente. Hoy, las fuerzas populares en resistencia se están reagrupando y radicalizando, teniendo como vanguardia al magisterio disidente del sindicalismo oficial.
Y por si fuera poco, Peña Nieto, con su iniciativa de Reforma Hacendaria, se ha echado encima a estratos medios, a una parte del gremio empresarial (sus aliados incondicionales que lo apoyaron en la campaña) y a sectores del PAN, con el impuesto a las hipotecas, a las colegiaturas privadas y el aumento al IVA en las fronteras, bajo la óptica del Banco Mundial (ONU) de que en América Latina ha crecido la clase media por sobre la pobreza, que se habrá de erradicar.[1] Contradictoriamente, en México, según la Coneval, en 2012 creció el número de pobres con respecto al año 2010 (500 mil),[2] a diferencia de la tendencia en el resto de América Latina. Y lo que falta: votar la Reforma Energética y las movilizaciones en su contra.
Quizá los genios estrategas de Peña pensaron, bajo el supuesto del “voto mayoritario” que llevó a Peña Nieto al poder, en sacar a como diera lugar y en el corto plazo las reformas estructurales (cambios para reforzar el modelo de economía de mercado, no el Estado de Bienestar), capear el vendaval y, después, gobernar con relativa tranquilidad el país. ¿Usted cree? Manlio Fabio ha de estar ya, sin duda, ocupado en el conteo regresivo.
Triste papel el de la mayoría de legisladores que, sin analizar las iniciativas, consultar y representar verdaderamente a las y los ciudadanos, sino obedeciendo a sus caciques, partidos e intereses, cumplen fiel y dócilmente su papel por un puñado de prebendas que sub-bajan su calidad humana y su ética política como representantes populares.
Esta conducta generalizada, fomentada por la partidocracia y sus cuotas de poder (incluso hay legisladores puestos ahí para representar intereses particulares y financieros), como signo inequívoco de la corrupción, forma parte de la grave crisis política, ética y moral que sufre el país y que, por ahora, no vemos cómo se pueda superar en el corto plazo. No en vano los ciudadanos ya no se sienten representados por sus diputados y senadores.
Por último, una PROPUESTA muy en serio:  
El gobierno, a través del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, va a evaluar el desempeño de los maestros y de ello depende su PERMANENCIA en el trabajo, aún a costa de sus derechos ganados. Esto, según el gobierno, para garantizar la calidad de la EDUCACIÓN FORMAL.
En justa medida, ¿el gobierno no ha pensado en evaluar el desempeño de los medios de comunicación, sobre todo electrónicos, y su impacto en la EDUCACIÓN INFORMAL de la niñez? Es indudable que lo que enseñan los medios electrónicos a la población -sobre todo a los menores- repercute en su capacidad de raciocinio y en su forma de interpretar la realidad física y social.
Con una evaluación a la calidad de la enseñanza informal de estos medios se podría decidir su PERMANENCIA en las concesiones del espectro aéreo, propiedad y soberanía de la Nación. Así, estudiosos pudieran evaluar el impacto en el aprovechamiento académico de los menores como efecto de los mensajes de radio y TV, incluso, de impresos como TV Notas y TV Novelas; de los efectos que provoca en los procesos de enseñanza-aprendizaje la mercadotecnia neoconductista tipo Carlos Alazraki (“Dale un Madrazo al Dedazo”) teniendo al sexo, la droga, la violencia criminal y de género, los chismes de la farándula y la política, como ejes principales del lucro.
Esto serviría para hacer lo que otros países, que sí regulan los contenidos en los medios, incluso la veracidad de los mensajes publicitarios, al considerar el espectro aéreo como patrimonio estratégico nacional, como la Banca y los energéticos, evitando así la alienación de la población, con una formación integral con sentido humano, crítico y científico, impulsada para lograr una de las máximas aspiraciones de la humanidad: El DERECHO A LA FELICIDAD.
*Director de la Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste, AC
Septiembre de 2013




[1] http://www.bancomundial.org/es/news/feature/2013/06/14/latin-america-inequality-shared-prosperity
[2] http://www.jornada.unam.mx/2013/07/30/politica/007n1pol

miércoles, 7 de agosto de 2013

LA VERIFICACIÓN VEHICULAR
Por Raúl Ramírez Baena*

Cierto es que México asumió compromisos con la comunidad internacional para reducir la emisión de contaminantes al ambiente; que el Estado mexicano debe imponer políticas públicas para proteger el medio ambiente y preservar la salud de las personas; que es necesario contribuir a frenar la gradual destrucción de la capa de ozono del planeta, etc.

Pero otra cosa es cargar el peso fiscal de la supuesta regulación ambiental a los ya de por sí castigados contribuyentes: El IVA, el ISR, el aumento gradual de la canasta básica, los medicamentos, la gasolina, el gas, la tenencia, el predial, la luz… uff.

Además, la contaminación del medio en Mexicali (aire, agua y tierra) no sólo es producto de los vehículos viejos, sino principalmente de la industria contaminante: las maquiladoras, la cría e industrialización de ganado en la empresa Su Carne, la Geotérmica de Cerro Prieto de la CFE, las lagunas de oxidación al aire libre para el tratamiento de aguas residuales hacia los EUA, las dos termoeléctricas privadas de generación de energía electrónica y la siderúrgica. Pero también de la quema de terrenos de cultivo y la falta de pavimentación, sobre todo en el Valle de Mexicali.

El periodista Juan Guizar, de Tijuana, escribe acertadamente en el Facebook sobre la obligatoriedad de la verificación en BC: “…una obligación solo para los que cumplen con mantener regular su vehículo. ¿Y quién cree que va pagar la verificación de mas de 300 mil vehículos que ni placas traen? Mientras sigue la venta indiscriminada de autos chocolate en la entidad y otros cientos provenientes del lado americano. ¿Y el transporte publico viejo y destartalado, será retirado de la via publica? No, no, no primero una política de regularización, que la verificación. O sea, primero lo primero Mr. Gober...”

Si de política ambiental se trata, las nuevas tendencias mundiales se orientan hacia el concepto de SUSTENTABILIDAD que, en efecto, es el cuidado del medio ambiente físico, pero también del medio social, del desarrollo de las comunidades y del respeto a los derechos humanos en armonía con el hábitat humano.

Si el gobierno del Estado y los legisladores hubieran tenido visión y voluntad política, o se hubieran asesorado de a de veras, nunca hubieran impuesto una ley de verificación vehicular sin tomar en cuenta a las comunidades, primero, para consultarlas en término de la tan llevada y traída “Participación Ciudadana”. ¿Qué no para eso se le cambió el nombre y las funciones al órgano electoral estatal para llamarlo pomposamente “Instituto Electoral y de Participación Ciudadana”?

Y segundo, para aprobar la ley de verificación debe tomarse en consideración no sólo la participación ciudadana sino también la realidad económica y social de las comunidades en el Estado. Por problemas económicos familiares muchas personas en esta frontera adquieren vehículos usados sin la debida importación de los EUA y/o sin el registro correspondiente, que son su único medio de transporte útil para generar los magros ingresos familiares. Y así ¿el gobierno les quiere imponer una carga fiscal más?
En verdad incomoda a la ciudadanía que se tomen decisiones frívolas y pragmáticas para cubrir el déficit fiscal y presupuestal oficial, no en base a un verdadero programa de austeridad gubernamental con visión social, sino clavándole el colmillo otra vez y como siempre al vil pueblo, como diría el buen amigo, el monero Corpus.

Otra preocupación es en cuanto a las concesiones que se han dado a las empresas privadas de verificación de contaminantes vehiculares. Conociendo el modus operandi de algunos funcionarios, políticos y empresarios, queda la gran duda si no se otorgarán dichas concesiones en base a compromisos, amiguismos y otros intereses políticos, encubriendo negocios de dudoso origen. Esta ingrata idea prevalecerá mientras exista la corrupción galopante en el país. Por ello las y los ciudadanos tienen el derecho de exigir una consulta pública, transparencia y honorabilidad.

Molesta también que haya manga ancha para la altamente contaminante Geotérmica de Cerro Prieto de la CFE, organismo propiedad de la Nación, de la que la población de Mexicali no obtiene beneficio alguno, al contrario, realiza grandes erogaciones del gasto familiar para pagar las injustas tarifas eléctricas que se imponen unilateralmente.

Por otro lado, es contradictorio que, mientras que a las dos termoeléctricas trasnacionales de ciclo combinado instaladas en La Rosita, Mexicali, se les negó su operación en territorio estadunidense por no aprobar los estándares ambientales en el vecino país, en México, su patio trasero, la autoridad otorga felizmente los permisos necesarios en aras de la tan llevada y traída “inversión extranjera”, sin importar el impacto ambiental y a la salud.

Otras inquietudes: ¿Qué va a pasar con los cientos de miles de vehículos que de seguro no pasarán la “verificación”? ¿Los retirará el gobierno de la circulación afectando la economía de miles de trabajadores? ¿Cómo va a prevenir el gobierno la corrupción para lograr la ansiada verificación? ¿No obedecerá esta medida a las presiones de la industria automotriz para impedir la importación de autos usados?

Con estos ejemplos brotan las grandes injusticias: Mano dura a los contribuyentes, mano blanda a los poderosos.

*Director de la Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste, AC

Agosto de 2013

jueves, 27 de junio de 2013

CASO ALANÍS: EL LINCHAMIENTO MEDIÁTICO COMO ARMA POLÍTICA

Por Raúl Ramírez Baena*

Estrictamente y desde la perspectiva de los derechos humanos, me permito ofrecer una opinión sobre el último escándalo político en Baja California.

En vísperas de la jornada electoral para elegir gobernador, legislatura local y ayuntamientos en la entidad, circuló profusamente en las redes sociales y en los medios masivos un audio-video que da cuenta de una supuesta conversación telefónica sostenida por el diputado local Rubén Alanís, coordinador de la fracción parlamentaria del PAN en el Congreso de Baja California, con un presunto menor de 15 años, sugiriendo una relación sentimental entre ambos.

A pesar de que la calidad del audio es deficiente y de que las imágenes no muestran relación alguna, inmediatamente se calificó al legislador como “pederasta”. Así, apareció en los noticiarios locales e internacionales, en los diarios y en las redes sociales.

Antes estos hechos y considerando que la vida privada de un funcionario público está expuesta al escrutinio pública, y sin prejuzgar si el Dip. Rubén Alanís es culpable o inocente de los hechos en que presuntamente se le exhibe, exponemos nuestra opinión sobre este caso (así como en su momento asumimos la defensa de los derechos político-electorales del Ing. Jorge Hank Rhon cuando, siendo presidente municipal de Tijuana, pretendió ser gobernador del Estado, intentando aplicarle la anticonstitucional “Ley Antichapulín):

1.      Al no existir por ahora denuncia, querella o testimonio del presunto menor que habla en el audio, de sus padres, tutores o representante legal, así como tampoco averiguación previa abierta de oficio por la Procuraduría General de Justicia del Estado y, en consecuencia, al no existir peritaje oficial respecto a la veracidad o no de la supuesta conversación telefónica, ésta no puede darse como un hecho, y menos calificar al legislador como pederasta;

2.    El artículo 16 Constitucional indica claramente que “nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad competente…”. El mismo artículo señala que “las comunicaciones privadas son inviolables” y que “la ley sancionará penalmente cualquier acto que atente contra la libertad y privacía de las mismas.” La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, protegen también la privacidad y la presunción de inocencia. A su vez, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establece que “nadie será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra y reputación.”, y que “toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o esos ataques.”;

3.      La difusión de este material y la calificación de “delito” que le endilgan medios nacionales y locales al legislador, bajo las condiciones arriba descritas, atenta contra los derechos del diputado Alanís porque por ahora no hay indicios sólidos de actos ilegales. Además, es absolutamente anticonstitucional e ilegal intervenir de manera indiscriminada llamadas telefónicas de personajes públicos o privados;

4.  El tema de la exhibición en los medios de personas detenidas y señaladas como presuntos responsables de la comisión de delitos o faltas administrativas, o de personas involucradas en escándalos mediáticos, ha generado una serie de controversias que obligaron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y a la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, a emitir opinión y Recomendaciones para que el Estado se abstenga de presentar ante los medios a personas detenidas mientras no se haya dictado sentencia a los detenidos, o que se exhiba a personas por motivos insanos. En consecuencia, se exige que se impida el abuso de esta medida por los medios por ser violatoria a la honra, a la privacidad y a la presunción de inocencia;

5.      Por otro lado, es lamentable que por intereses políticos se utilice a la comunidad lésbico-gay como carne de cañón, alimentando el morbo y los sentimientos homofóbicos que aún perduran en nuestra sociedad, contrarios a la doctrina de los derechos humanos;

6.    El abuso en la exhibición mediática puede traer como consecuencia la MUERTE CIVIL de las personas exhibidas. Es probable que, en este caso y por motivaciones insanas, el ahora diputado Alanís haya terminado su carrera política;

7.     Este caso demuestra también que en Baja California no existe una figura con autoridad moral capaz de poner orden y orientar a la opinión pública sobre el respeto a la dignidad de las personas y a la legalidad. Ni el gobernador del Estado, ni el presidente del Congreso local (al que pertenece el Dip. Alanís), ni la titular del Poder Judicial, ni el Procurador General de Justicia del Estado, ni el Procurador de los Derechos Humanos, ni el presidente del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Baja California han demandado el respeto al Estado Social y Democrático de Derecho con relación a este penoso caso;

8.  Sin que nadie se ofenda, es indispensable que los medios de comunicación retomen la ética periodística, que no se guíen por intereses económicos, políticos o de otra índole para el linchamiento mediático, y que cumplan su importante función social en beneficio del ejercicio del Derecho a la Información y de la Libertad de Expresión, además de la necesidad de orientarlos en la doctrina y principios de los derechos humanos.


*Director de la Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste, A.C.

viernes, 21 de junio de 2013

NIEGAN MATRIMONIO A PAREJA GAY EN MEXICALI,
OPORTUNIDAD PARA LOS DERECHOS HUMANOS

Por Raúl Ramírez Baena*

El 17 de junio pasado, previo cumplimiento de los requisitos legales, Víctor Manuel Aguirre Espinoza y Víctor Fernando Urias Amparo se presentaron ante la Lic. Annette Aldrete Gruel, oficial del Registro Civil de Mexicali, a ejercer un derecho fundamental: contraer matrimonio.

La osadía de los dos jóvenes gay en una entidad tradicionalmente conservadora como es Baja California, obligó a Ricardo Aguilera, director jurídico del XX Ayuntamiento de Mexicali, de filiación priísta, a celebrar, junto con la Lic. Aldrete Gruel y el asesor legal de los futuros contrayentes, una reunión privada –rehusando los funcionarios municipales a hacerla en público-, para negar la unión civil solicitada.

Más tarde, en conferencia de prensa, el Secretario del Ayuntamiento, Paulo César Hernández, declaró que “por ley, no es posible casar a una pareja del mismo sexo”, pero que si ellos presentan una orden de algún juez, “no hay problema” para casarlos; que la negativa para casarlos “no fue por un acto discriminatorio” (La Crónica, martes 18 de junio de 2013, pág. 2-A).

Por su parte, la Lic. Annete Aldrete, remata diciendo que “la ley orgánica me faculta a realizar sólo lo que me permite el Código Civil de Baja California, sólo celebrar matrimonio de hombre y mujer… yo no puedo, no tengo facultad para hacerlo, simplemente no tengo facultad; somos respetuosos, si yo tuviera facultad lo haríamos, pero no lo tengo” (ibíd.).

Violación a los derechos humanos de la pareja gay

Este es un caso típico de violación a los Derechos Humanos. Veamos: La Reforma Constitucional en Derechos Humanos, entrada en vigor en todo el país el 11 de junio de 2011, establece en el Título Primero, Capítulo I, Artículo 1º, que “En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte (…).” La Constitución no dice: “excepto los gays”, o “excepto las personas de preferencias sexuales diferentes”. El PRINCIPIO constitucional es muy claro: “todas las personas gozarán de los derechos humanos…”; literalmente, TODAS, sin excepción.

Más adelante, el tercer párrafo del mismo Artículo 1º. Constitucional establece una regla de oro que no ha sido digerida por las/los servidores públicos: Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos en los términos que establezca la ley.” 

Así, el precepto “todas las autoridades”, en el caso que nos ocupa, abarca también a la oficial del Registro Civil, al Director Jurídico y al Secretario del Ayuntamiento de Mexicali, quienes no deben abstraerse de cumplir sus obligaciones constitucionales.

A su vez, el último párrafo del Artículo 1º. Constitucional dice: “Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades… las preferencias sexual… o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.”   

Y para rematar, el 28 de noviembre de 2011, la Suprema Corte de Justicia emitió la Tesis de Jurisprudencia Núm. LXVII/2011(9ª): “CONTROL DE CONVENCIONALIDAD EX OFFICIO (de oficio) EN UN MODELO DE CONTROL DIFUSO DE CONSTITUCIONALIDAD. De conformidad con el artículo 1º. de la Constitución (…) todas las autoridades del país, dentro del ámbito de sus competencias, se encuentran obligadas a velar no sólo por los derechos humanos contenidos en la Constitución Federal, sino también en los instrumentos internacionales (…) adoptando la interpretación más favorable al derecho humano de que se trate, lo que se conoce en la doctrina como principio pro persona.”

Entonces, las autoridades municipales de Mexicali, al negar el matrimonio civil a la pareja gay, ignoraron los nuevos principios constitucionales así como el mandato de la Corte; no adoptaron “la interpretación más amplia” en su favor y suspendieron de facto su derecho a formar una familia (artículo 4º. Constitucional) violentando el llamado “Bloque de Constitucionalidad” (Constitución y tratados internacionales de derechos humanos ratificados por México), según el cual ningún poder constituido está en posibilidad de restringir o suspender los derechos, salvo en los casos de emergencia y los condicionamientos establecidos en la propia Constitución, que no es el caso.

Conclusión

Por mandato Constitucional y jurisprudencia de la SCJN, jerárquicamente, la Ley Orgánica y el Código Civil de BC que invoca la Lic. Aldrete están por debajo de la Carta Magna y de los tratados internacionales. Así, contrario a lo que declararon a los medios, los funcionarios municipales debieron haber dado trámite al matrimonio civil de la pareja gay por el hecho de ser PERSONAS, al margen de que no sean “hombre y mujer”, de lo contrario, se convierte en un acto de discriminación que atenta contra la dignidad de los futuros contrayentes. El desconocimiento de la ley no los exime de responsabilidad.

Lo que se interpreta ahora por la Carta Magna y que reafirma la jurisprudencia de la SCJN, es que las personas no tienen necesidad de recurrir al juicio de amparo para la protección de sus derechos ya que, DE OFICIO, todas las autoridades tienen la obligación de brindar “la protección más amplia” sin que se los ordene un juez.

Este ejemplo muestra la urgente necesidad de homologar la legislación de Baja California a la Reforma Constitucional de 2011 y de capacitar y sensibilizar a todas las autoridades, incluyendo a las y los jueces y legisladores, y a la sociedad civil, incluyendo a las y los periodistas, porque restituir los derechos humanos –que son universales- no es un asunto de opiniones ni de encuestas, ni siquiera de leyes federales y estatales, que ahora se someten a la Constitución y a los tratados internacionales ratificados por México.

Entonces, “por ley”, es obligación de las autoridades municipales casar a las parejas del mismo sexo, otorgándoles “la protección más amplia” que ofrecen la Constitución y/o el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (principio pro persona). Contraer matrimonio civil y formar una familia, decidiendo libremente el número de hijos, es un derecho humano que no hace distingo sobre el género de la unión matrimonial.

Lo que va a pasar ahora es que a las parejas del mismo sexo que se les niegue el matrimonio civil se van a amparar y, cuando causen efecto 5 amparos en el mismo sentido en el país, se creará Jurisprudencia y el matrimonio civil será obligatorio, so pena de sanciones penales y administrativas a las autoridades que lo nieguen, aunque las leyes locales digan lo contrario, aunque no se realicen las reformas legales, aunque las y los funcionarios públicos piensen diferente.

*Director de la Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste, A.C.
Mexicali, B.C., junio de 2013